Restitucion internacional de menores

El mejor escenario es no permitir que sus hijos viajen a Argentina. Si ello no es posible, tome los recaudos que harán más fácil su restitución desde Argentina, evitando además que sea injustamente perseguido en Argentina penalmente. Si ya lo sorprendieron en su buena fe, ahora solo hay que luchar para rescatar a su hijo de un sistema judicial perverso que en mi opinión deja mucho que desear, salvo contadas excepciones. Trabajamos en casos con Estados Unidos, China, Chile, Uruguay, Paraguay, Perú, Brasil, Colombia, España, Francia, Japón, Canadá, Rumania, Hungría, Italia, Bélgica, México, Inglaterra, Alemania, Ecuador, Australia, Nueva Zelanda, entre otros tantos. En algunas oportunidades hemos logrado acuerdos sustanciales interesantes de los padres en beneficio de los niños. Recuerde que si bien la Convención de La Haya, así como la Convención Interamericana que tratan sobre la restitución internacional de menores pueden ofrecer asistencia gratuita provista por los países partes, ésta nunca va a ser igual a la dedicación que le puede brindar un abogado particular especialista en el tema con dedicación completa a su caso. Además siempre lo quieren llevar a formalizar acuerdos con la excusa que es lo mejor, cuando la realidad usted lo que quiere es a su hijo en casa. Las mediaciones a nuestro entender en Argentina son una perdida de tiempo en materia de restitución internacional de niños. Una madre que ya ha cometido un crimen, no la detendrá una mediación y usted perderá un tiempo importante. No representamos a padres en casos que han sustraído o retenido a sus hijos sin darse las excepciones previstas en los tratados. No dilatamos procesos donde legalmente desde lo fáctico y lo moral hay que restituir. Si intervenimos en asesorar en retornos seguros en estos casos. Para todo caso referente a la restitución internacional de un niño, es vital trabajar en forma coordinada con un abogado donde el niño tenía su centro de vida antes de ser trasladado a Argentina para determinar los temas de divorcio y custodia y eventualmente acciones penales.
Si usted quiere recuperar a su hijo, no pierda tiempo. Ser abogado experto en temas de secuestro interparental internacional, es una cuestión de práctica y experiencia. Vea nuestros casos, nuestra trayectoria y reconocimiento de nuestros pares. Cada día que pasa es crucial, no dude en contactarnos. No cometa errores que pueden hacer perder a su hijo quizás para siempre.
Solo algunos casos llevados por nuestro estudio en materia civil y penal de sustracción, retención de menores y visitas internacionales:
Logramos en primera instancia, en Segunda y en la CSJN la restitución de una niña a Finlandia. Aún falta ejecutarla. Los fallos de las primeras dos instancias concluyeron en que la residencia habitual era en Finlandia, que no había habido consentimiento al traslado, ni excepciones que justificaran el no retorno. Lamentablemente, la justicia es muy demorosa, especialmente lo fue la CSJN que tardó más de un año y medio en denegar el recurso de queja. Un muy mal ejemplo para todo el sistema de justicia que mantiene hoy a Argentina en el peor podio, achacando al mal funcionamiento del sistema judicial, conforme informe que el Departamento de Estado en EE. UU. produce cada año para su Congreso. 2024
Logramos la restitución de dos niños a México por la retención indebida de la madre que se refugió en Entre Ríos, Fue un caso complicado, ya que aconteció en la provincia de Entre Ríos, donde la Asesora de Menores y el ministerio fiscal, opinaron por la no restitución. Los funcionarios no están preparados para estos procesos. Tampoco la jueza que no quiso tomar medidas seguras de retorno y tampoco verificó si su orden de levantamiento de prohibición de salida estaba hecha o no con migraciones, lo que trajo problemas en Migraciones resueltos por nosotros. ya que a la hora de salida seguramente dormía la señora juez. . Un combo perfecto para que la ejecución no pudiera darse. Estos procesos destruyen familias cuando no son realizados con conocimiento y prolijidad, elementos que faltaron en esta provincia. Además, se nos negó participar en las audiencias como apoderadas con presencia de abogado local, lo que denota temor quizás a profesionales que conocen del tema a dar opiniones mejorándolas, una pena y esperemos que sean invitados para capacitaciones para que no continúen haciendo más daños a otras familias. El tiempo en resolver fue muy prolongado, tampoco se respetó la Convención de La Haya. Felicitamos al papá y a que ahora la justicia de dicho país ponga las cosas en su lugar. Junio 2024
Logramos con la asistencia de abogados de Nicaragua el retorno de don niñas a Argentina, retenidas ilegalmente por su madre. Las niñas fueron con su madre por un tiempo determinado y decidieron no regresar. Fue un retorno difícil, ya que Nicaragua no es un país sencillo para estos temas. Afortunadamente, nos tocó una juez con conocimiento y convicción en estos temas de restitución internacional y logramos el retorno a Argentina. Felicitamos al padre por su perseverancia. Nov 2023
Un niño de apenas 6 meses había sido secuestrado por su madre desde Francia a Argentina. El caso tuvo lugar en Córdoba. Primera instancia no ordenó la restitución, fallo recurrido ante el Tribunal Superior que dio la razón al padre. No contenta la madre, recurrió ante la Corte Suprema, en un caso que no habilitaba el fuero federal. La CSJN en solo dos meses rechazó el recurso extraordinario por el art. 280 del CPCCN. Un placer trabajar con nuestros colegas de dicha provincia. SILVIA CECILIA SEGAMARCHI. Julio 2022
Logramos en primera y segunda instancia sentencia de retorno para una niña que había sido retenida por su madre en Argentina para retornar a Francia. La Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones confirmo la decisión de retorno, luego de la apelación de la madre. Dic. 2020. La causa tardó casi 2 años en resolverse. Especialmente por demoras en primera instancia. La CSJN rechazó el caso. Hoy la madre esta fugada de la justicia argentina, la niña con alerta amarilla de Interpol. Todo por no haberse tomado las medidas necesarias para que esto no pasara y por oposición de la Defensoría de Menores y la decisión del juez que erróneamente no tomó las decisiones que debía tomar en su momento. Esperamos pronto se pueda ubicar y que nada le pase a la niña. En todo caso en Francia, si se hizo justicia, como ocurre en todos los casos donde Argentina fracasa. Buscada por Interpol. Condenada penalmente en Francia. Junio 2022
Representamos dos hermanas que no querían retornar a España con su madre. Juzgado de familia de Quilmes. Logramos que se quedaran con su padre. 2021
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![]() Ecuador no retorna los niños retenidos ni secuestrados en dicho país. Por ello iniciamos una denuncia penal en Buenos Aires, justicia nacional. El juez de primera instancia entendió que retener un niño en Ecuador contra la voluntad del padre no es delito. La Cámara de Apelaciones revocó el sobreseimiento de la imputada por entender que si era un delito de la ley 24.270 agravado por ser menor de 10 años y retenerla en el extranjero. El delito contempla una pena si se tratare de un menor de diez años o de un discapacitado, de 1 año 4 años y medio de prisión. 2020. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Correccional N° 4. Representamos al padre. |
![]() Logramos en Primera y Segunda Instancia la restitución de dos niños a Francia, secuestrados por su madre en Argentina. La CSJN rechazó recursos de la demandada. El 4 de septiembre del 2018 cuando la madre debía retornar a sus hijos a París, escapó nuevamente de la justicia argentina. Luego de 9 meses de búsqueda, los niños fueron encontrados por la Policía Federal Argentina, la Dirección de Búsqueda de Prófugos y Personas Perdidas en Buenos Aires. . Los niños ya se encuentran en Francia, junto a su padre, tras un muy buen trabajo coordinado por la Búsqueda de Prófugos y el Sistema Federal de Búsqueda de Personas Desaparecidas y Extraviadas del PEN. 2019. Juzgado Nacional N° 87 Civil. Representamos al padre. |
![]() Luego de 6 años y medio contraviento y marea logramos la restitución de dos niñas a su padre en Virginia, Estados Unidos. Nuestro cliente había sido falsamente denunciado e imputado por abuso sexual y con múltiples denuncias de violencia para evitar que las niñas retornen a Estados Unidos, como es usual en estos casos en Argentina. Las niñas no habían podido ver a su padre durante todo el tiempo en que permanecieron en Argentina. Hoy viven muy felizmente con su padre en Virginia EEUU 2017. Este caso fue la muestra de favoritismo, amiguismo, o quizás mala praxis judicial. La sola demora de casi seis años demuestra que el sistema de justicia no funcionó adecuadamente. Juzgado N°8 Nacional Civil. Representamos al padre. Notas del caso: Sobreseimiento en un caso de restitución internacional de menores. 29/5/2017; Restitución Internacional de niños a EEUU la nación 29/6/2017Restitución internacional y abuso de la denuncia de abuso. Mayo 2017. Un caso de Restitución internacional de niños y falsas denuncias de abuso para no cumplir y restituir. Mayo 2017 Lea el comentario del padre: Tony Quintana wrote: Fabiana Quaini, Esq and her team of lawyers are the best legal representation you can retain anywhere. Having employed dozens of law firms and independent attorneys over a period of four decades I had the foresight of retain Quaini Law in a international restitution matter. No decision I have ever made has paid dividends so dramatically. The outstanding performance of Fabiana Quaini and her team was flawless. They preserved to the very end , securing a favorable decision from the Argentinean Supreme Court and even more importantly executing on such an order. Not a trivial undertaking given how the Supreme Court delegates action on the lower court (less motivate) court of first instance. Fabiana and her team are knowledgeable, will take a personal stake on the success of your case, and flat out are the best talent you can retain in legal circles anywhere south of The Rio Grande . Trust me when I write you will be well served in choosing Quaini law Firm for any matter you require legal representation. I have been a client for over 12 years at this writing and at no time have even question my decision to retain this brilliant team. Please feel free to reach out to me for any additional information by writing here tonyquintana@usa.net |
![]() En un fallo de un Juzgado de Quilmes, Provincia de Buenos Aires, logramos un acuerdo amigable ara que una niña regresara junto a su madre a Seattle, Estados Unidos a dirimir en dicho país las cuestiones de fondo ajenas a esta jurisdicción. Representamos al padre en este caso. Abril 2017. Un excelente trabajo y predisposición del Juez Pablo Horacio Ferrari y todo su equipo. Cuando se pone voluntad todo se puede arreglar. Comentario del padre en google:
I was in Argentina, with my family, thinking it was a normal family vacation to see my wife’s family.. until it wasn’t, and got a tough surprise that my wife was leaving me, and planned on keeping our daughter in Argentina. The USA consulate in Argentina gave me a list of attorneys in Argentina that could help me. Fabiana was one of the attorneys that called me back.. she was on vacation at the time, but walked me through everything. She met me straight away, found out what was going on from the authorities.. and advised me to go back to the USA, so more allegations couldn’t be made. Over the next few months I spoke to Fabiana daily. She was so caring and motherly. I felt like I had someone on my side that cared deeply for the position I was in, and was working hard to rectify the wrongdoing that was happening. Fabiana knows the nuances of child abduction law, due to her immense experience. She anticipated things that only a veteran attorney would anticipate. After Fabiana negotiated with my ex and her attorney, to agree and come back to the USA with our daughter, she actually accompanied her all the way to Seattle. She wanted to make sure my ex didn’t disappear at an airport and start the whole process over. Upon landing in Seattle, Fabiana actually accompanied us to court in Washington, to testify if needed and to be moral support for us. The whole thing was a total nightmare, that I wouldn’t wish on my worst enemy. But, Fabiana was a beacon of hope for me, representing me, understanding me, and doing her best to bring the right solution for her role in my divorce.. which was to bring our daughter back to the USA where our courts could take over. My life would be so much different right now, without Fabiana.. as a matter of fact.. I’m laying in bed right now, on our family vacation, in Hawaii with my daughter in the bed next to me. It wouldn’t be happening right now, without Fabiana! Thank you, from the bottom of my heart ❤️
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![]() En primera instancia nos opusimos y nos dieron la razón a una no restitución a Canadá. La Cámara revocó el fallo pese a que todos los dictámenes de primera instancia, Cámara fueron favorables a que no se trataba de un caso Haya, que el padre había consentido vivir en Argentina por 18 meses, y so pretexto que todos eran canadienses, y que el motivo de los 18 meses no eran claros los niños fueron restituidos en un muy acuerdo logrado gracias a la excelencia de los abogados de la otra parte. 2018. Juzgado Nacional N° 106. Representamos a la madre. |
![]() En una presentación sin precedentes logramos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenara la inmediata ejecución de su propia sentencia dictada en el 2011, ya que el Juzgado Nacional de Primera Instancia N° 12, luego de 4 años no tenía intenciones de cumplir la restitución de un niño a a EEUU. La madre continúa con una orden de captura internacional desde Estados Unidos. 2015. |
![]() Logramos la restitución voluntaria de un niño retenido por su madre en Argentina, el padre estaba en Italia. El niño apenas tenía un año de edad. Hoy la familia vive en Italia, la madre comprendió que debía retornar al niño y era lo mejor. Estado requirente, Italia. La decisión de retornar se concretó a las muy pocas semanas de requerirse la restitución amigable del menor. 2017. Representamos al padre. |
![]() Logramos la restitución de un niño a Francia que había viajado sin autorización a Argentina. El fallo quedó en la Justicia Nacional y ya en primera instancia los abogados de ambas partes se pusieron de acuerdo para el retorno del niño con su padre. Estado requirente, Francia. Juzgado N° 102. El niño deseaba retornar con su padre a Paris. Representamos al padre. |
![]() Logramos en primera instancia el retorno de una niña con su padre a Alemania. La madre había viajado con un permiso limitado pero decidió permanecer en Argentina. En el caso intervino jurisdicción de Provincia de Buenos Aires. Juzgado de San Isidro N° 2 Estado requirente, Alemania. Representamos al padre. |
![]() Logramos en primera instancia, asesorando y colaborando en lo estrictamente internacional con colegas del foro local de San Rafael, Mendoza oponernos a una restitución donde el padre alegaba luego de casi un año que había residido en Argentina, buscado trabajo y declarando su residencia en este país, la restitución de dos hijos. El caso es final. Estado requirente, Alemania. 2015. Representamos a la madre. |
![]() El padre había autorizado a la madre a radicarse en Argentina. Luego, el padre inicia una demanda de restitución internacional de menores. Representamos a la madre junto a colegas locales que nos invitaron a participar y asesorarlos en estos temas, pudiendo largamente probar el acuerdo de cambio de residencia, firmamos un acuerdo de visitas internacionales, locales, responsabilidad parental que benefició a la niña y a sus padres. Intervino la justicia de Mendoza. Estado requirente, España. 2014. Representamos a la madre. |
![]() Una madre se lleva a un hijo con discapacidades diferentes a Rumania de viaje y no regresa. El padre inicia una restitución internacional. Iniciamos acciones civiles y penales. Finalmente, la madre entregó al niño en Rumania. Estado requirente, Argentina. Representamos al padre. |
![]() Logramos la restitución de dos niños a Brasil, retenidos en Argentina por su madre. Intervino la Justicia Juzgado Nacional N° 4. . Estado requirente, Brasil. El estudio de Marco Aurelio Gerace trabajó en el caso desde Brasil. 2014. Representamos al padre. |
![]() La Suprema Corte de Buenos Aires confirmó la sentencia del tribunal 2 de Familia de San Isidro, donde una madre había retenido ilícitamente a su hija en Argentina tras unas vacaciones de las que nunca regresó. Representamos a su padre, logrando sentencia firme en Argentina para la restitución de su hija. También vencimos en primera instancia. Estado requirente, Estados Unidos. 2014. |
![]() Un Juzgado de familia de La Plata ordena la restitución de una niña a Chile que había sido retenida ilícitamente por su madre en Argentina. En una Audiencia en la Cámara de Apelaciones de La Plata, habiéndose apelado el mismo en abril del 2013, ambas partes llegan a un acuerdo gracias a los esfuerzos de los Magistrados y equipo técnico citado. Estado requirente, Chile. Intervino el juzgado N" 2 de Familia de La Plata. 2013. Representamos al padre. |
![]() Luego de más de 3 años de proceso, logramos que una niña se quede junto a su padre en Mendoza, pese a haber sido denunciada por secuestro por su madre que vive en Estados Unidos. En este caso luego de nuestra presentación, la actora prácticamente se quedó sin demasiadas respuestas y terminó desistiendo del proceso. Estado requirente, Estados Unidos. 2011. Representamos al padre. |
![]() Representamos a un padre para retornar a us hijo secuestrado en Rumania. El padre trabajaba cen NNUU. Rumania decidió no retornarlo en segunda instancia ya que para ellos un piloto no podía ser padre. Preparamos la denuncia para la CEDH y finalmente Rumania fue condenada 2013. |
![]() Junto a nuestros colegas de Colombia se restituyó a su hogar en Mendoza a una niña que había sido retenida ilegalmente por su madre en dicho país. La niña había nacido y vivido en Mendoza hasta que viajara por unas supuestas cortas vacaciones, la progenitora estando en Bogotá, quien salió primero con su hija y el padre nunca llegó a disfrutar sus vacaciones en familia como su pareja se lo había prometido. Logramos en Argentina se emita un articulo 15 CH 1980. Estado requirente, Argentina. 2010. Juzgado de Famila 1 de ciudad de Mendoza. Representamos al padre. |
![]() En el caso AF11598616 de la corte presidida por la Honorable Juez Alice Vilardi, se ordenó la restitución de un niño de 2 años a Argentina que había nacido en Argentina y había ido de vacaciones junto a sus padres, ambos estadounidenses. El proceso duró menos de un mes. Nuestro estudio representó al padre en el proceso de obtención del artículo 15 en Argentina Juzgado Nacional N° 12 y asistimos a nuestro colega en California respecto al derecho Argentino y temas procesales de nuestro país. 2012. |
![]() Representamos a un padre inglés para que su hijo de Argentina lo visite en vacaciones en Inglaterra. Logramos un buen acuerdo de visitas seguro para ambos padres. 2012. |
![]() En Agosto del 2010 una madre argentina residente en España viaja con su hijo de 11 años a Argentina en un supuesto viaje de vacaciones que terminó siendo un viaje sin retorno. Intervino la Justicia Nacional, obtuvimos sentencia de retorno en primera y segunda instancia. Estado requerido, España. Juzgado N° 76. 2012. Represntamos al padre. |
![]() Una madre Argentina había viajado a México con su hija. El padre solicitó su restitución a México y la misma fue denegada por los tribunales mexicanos. Intertanto, el padre había logrado una orden de detención por Interpol. Cuando la madre viajaba a EEUU desde México, fue detenida y la hija colocada en un centro de detención de ilegales. El padre solicitó al juez americano la restitución de su hija. La restitución fue denegada ya que no es posible ir sobre un caso ya resuelto por México, había cosa juzgada. El caso tuvo lugar en la corte de Colorado, el caso es Broda v Abarca, 2011 WL 900983 (D.Colo.) Este caso fue llevado y ganado por Caroline Langley. Estado requirente, Argentina. 2011. Colaboramos con la abogada de la madre en EEUU. |
![]() Un matrimonio, padre español, madre española-argentina residían en España con su hija. La madre viene a radicarse a Argentina. El padre solicita visitas internacionales, entre otras cosas que la criatura viajara sola con apenas escasos años de edad. Prácticamente la menor debía permanecer junto a su padre casi la mitad del tiempo. El padre jamás aportó alimentos a la hija estando en Argentina. El padre había solicitado diversas audiencias a las que nunca asistió. Las visitas internacionales fueron negadas al padre para que se cumplieran en España y se le ordenó que debieran las mismas tener lugar en Argentina. Representamos a la madre. Intervino justicia mendocina. Estado requirente, España. 2010. |
![]() Un matrimonio residía en California, padre de nacionalidad norteamericana y madre argentina, habían contraído matrimonio en Las Vegas. Una hija del matrimonio de 3 años de edad, fue retenida por la madre en Argentina, luego que fuera autorizada por el progenitor a viajar solo por seis semanas a Buenos Aires, la madre decidió quedarse a vivir en Argentina. La niña había nacido en Argentina. Un juez de California, ordenó a la progenitora a comparecer a su corte. La madre se negó. Intervino la Justicia Nacional. Un juez de primera instancia de la justicia nacional decidió que la niña no debía regresar a EEUU. El fallo fue apelado. La Cámara Civil revocó el fallo de primera instancia. Estado requirente, Estados Unidos. 2009. Representamos al padre. |
![]() El caso trataba de una niña con el síndrome de Down, que había vivido toda su vida en Mendoza, Argentina. La madre con una excusa de visitar a su familia logra que su pareja le otorgue una autorización de viaje. La madre luego decide no regresar a Argentina y es encontrada por Interpol. Tanto la primera instancia como la segunda, ordenaron la restitución a Argentina. Representamos al padre. Estado requirente, Argentina |
![]() Un matrimonio argentino residía en Francia después de más de un año, la madre da a luz a una hija y a los 30 días viaja con la misma a Argentina. Intertanto el padre iba a ser trasladado a Brasil por su empresa y finalmente lo destinan a España. La madre decide no viajar a España. El padre solicita la restitución desde España. Nuestro estudio representó a la madre. Nuestra posición fue que la menor apenas había estado un mes en Francia y que el centro de vida podría haber sido Francia pero ya no España. Las partes llegaron a un acuerdo beneficioso para las partes y la menor se quedó residiendo junto a su hija en Argentina. Intervino la justicia mendocina, Estado requirente España. 2008 Representamos a la madre. |
![]() Una pareja junto a su hijo, todos argentinos se dirigen a China desde Argentina con el objeto de conocer los abuelos paternos del niño. Al llegar, el padre decide no regresar a Argentina. Los tres habían permanecido en China por más de dos años. El padre era chino pero al haber adquirido la nacionalidad argentina había perdido la china por la propia ley china. La madre recurrió a la justicia china para solicitar una autorización para poder regresar a Argentina. Esta se declaró incompetente ya que todos eran extranjeros y no podía entender del caso. Finalmente se hizo una petición en Argentina invocando el foro de necesidad ya que si Argentina no entendía del caso ningún otro tribunal en el mundo lo haría y el niño permanecería en China hasta su mayoría de edad.Luego de una larga odisea jurídica y administrativa tanto en Argentina como en China, este último país acató fallo argentino y pedido por la Embajada Argentina en Pekín y autorizó al niño a regresar junto a su madre a Argentina. Este caso fue el primero en que China restituye un menor a un país extranjero sin haber firmado la Convención de La Haya.2010. Representamos a la madre. Ver nota del caso |
![]() Un niño había sido cruzado en forma ilegal por su padre mendocino desde Chile a Argentina, donde el niño residía con su madre. Tras denuncias en lo penal y causas civiles, se acordó la restitución a Chile con un amplio régimen de visitas entre hermanos. Representamos a la madre. Estado requirente, Chile. 2007. Ver nota del caso |
![]() No permiten a un niño argentino chileno que había ido a Chile de vacaciones con su madre regresar a Argentina. Su padre residía en Chile. Representamos a la madre y obtuvimos junto a colegas chilenos la autorización para regresar a Argentina. 2005. Ver nota del caso |
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![]() Un Juez del Estado de Texas, ordenó que una menor de cinco años fuera restituida a su padre que había sido deportado a Argentina por vivir ilegalmente en EEUU. La madre de la menor seguía viviendo en EEUU en forma ilegal y no acató la orden del juez de Texas. Un equipo de alguaciles la fue a buscar y en una redada ubicaron a la niña junto a su madre. La niña fue entregada a Fabiana Quaini quien la regresó a Mendoza, ya que el padre no podía regresar a EEUU a buscarla por haber sido deportado. Estado requirente: Argentina.2005. Representamos al padre. Ver nota del caso |
![]() Dos niños fueron retenidos indebidamente por una madre brasileña en Río de Janeiro que había viajado junto a su madre y padre de nacionalidad argentina y francesa desde Buenos Aires. Restitución ordenada en Argentina en el 2004. Se denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado de Brasil. Hay una orden de captura internacional contra la madre de los niños y un pedido de extradición. Brasil no cumple con los tratados internacionales y no devuelve los niños, es un país que protege a sus ciudadanos. Estado requirente, Argentina. Representamos al padre. Ver resolución CIDH
El delito penal de secuestro de hijos
Existe una causa abierta por secuestro de menor, donde al momento de restituir la madre Sofia Trosynzki sustrajo a su hija al saber que debía retornar a Francia, cuando ya la había retenido, aquí injusta e ilegalmente, y trató de que se imputara a su pareja por amenazas. Está con alertas rojas en todo el mundo, Argentina y Francia las ha ordenado. Se ofrece una importante recompensa por información que lleve a su paradero. Cuando la encuentren le esperan muchos años de cárcel. Ya el 5to Juzgado de Garantías de San Isidro en el año 2009 hizo lugar al pedido de detención de la madre de dos menores de edad que los retuvo y ocultó en territorio extranjero contra la voluntad de su progenitor, calificándose su accionar como constitutivo del delito previsto en el art. 146 del Código Penal. El ejercicio abusivo de un derecho por parte de la imputada -sustraer a los niños del ejercicio de la patria potestad del progenitor, reteniendo a los niños en el extranjero contra la voluntad de su padre-, ha tornado a su conducta en ilegal. La ilegalidad de la retención es un elemento decisivo y su naturaleza es jurídica y no fáctica (en el caso, el Juez hizo lugar al pedido fiscal y ordenó la detención de la encartada en orden al delito de retención y ocultamiento de los menores (art. 146 del CPen.-). El ejercicio de la patria potestad que vendría desarrollando la imputada, producto de su retención y ocultamiento en un vecino país, resulta ilegal, debiéndosele poner término de forma inmediata, en resguardo no solo de los derechos de los niños, sino también de los del restante progenitor (en el caso, el Juez hizo lugar al pedido fiscal y ordenó la detención de la encartada en orden al delito de retención y ocultamiento de los menores (art. 146 del CPen.). Recientemente logramos la imputación en la Justicia Nacional de una ciudadana francesa que secuestrara a sus hijos en Argentina. Consideró que, en atención a la naturaleza de los hechos por los cuales la imputada Youayou fue indagada, prima facie y como de hipótesis máxima, constitutivos del delito de sustracción de menores en concurso real con el delito de desobediencia (Art. 146 y 239 del Código Penal). Sostuvo que la actitud asumida por la nombrada en el marco del expediente civil de restitución internacional de menores, quien al momento de concretarse dicha medida y pese a estar fehacientemente notificada, se sustrajo de la justicia. En el marco del expediente civil al momento de tener que materializarse la restitución de los menores y emprender el respectivo viaje a Francia, se dio a la fuga del domicilio donde habitaba en compañía de los niños. A ello se suma que la imputada registraría una condena en Francia por los hechos de no representación de menores a la persona con derecho a reclamarlo y retención de menores fuera de Francia, en el cual se encuentran los mismos intervinientes que en estas actuaciones, pero delimitados a un período anterior al aquí investigado. Tal circunstancia constituye un elemento relevante, de considerar que en dicho legajo se resolvió hallándose Youayou en condición de rebeldía. El caso fue absuelto luego de años por una vista de genero...si el que hubiera sustraído hubiese si el padre seguramente estaría enncarcelado.
Así en materia de impedimento de contacto se decidió por ejemplo de la Corte de Justicia de la Provincia de Salta con fecha 14/3/2013 dijo: El delito previsto en el art. 1º de la ley 24.270 se configura cuando el autor del impedimento del contacto entre el padre no conviviente e hijo actúa de modo arbitrario y abusivo. El solo impedimento de contacto del niño con su progenitor no conviviente es representativo del dolo necesario del tipo y, por lo tanto, imputable a su autor. La infracción, que es material, se consuma cuando se impide, es decir, cuando por no permitirlo, se frustra el contacto, ya porque se lo impide, o porque se lo obstruye. El impedimento de contacto no requiere, para que pueda cometerse la infracción, una cierta multiplicidad de hechos; basta la presencia de una sola frustración por impedimento u obstrucción (en el caso, se rechazó el recurso de casación provincial deducido por la defensa de la condenada). Si bien objetivamente la ley parece proteger los derechos de mantener el contacto de los padres no convivientes con sus hijos, el fin último es el de afianzar una adecuada comunicación filial, para la cohesión efectiva y eficiente de los vínculos familiares y lograr el desarrollo de una estructura sólida y equilibrada del psiquismo de los menores, afirmándose en consecuencia que el interés que siempre debe prevalecer en definitiva, es el del niño, desplazando así el de los padres, ello con sustento en las normas de orden supranacional, constitucional y la intención del legislador (en el caso, se rechazó el recurso de casación provincial deducido por la defensa de la condenada). Recientemente la Sala IV de la Justicia Nacional Penal, revocó un sobreseimiento dictado a favor de una madre que había retenido ilegalmente a su hija en Ecuador. Sin importar lo que decidiera la justicia civil ecuatoriana en restitución, la madre cometió un delito en Argentina. Iniciar o no acciones penales junto a las acciones civiles de restitución de niños: Hay que ver en cada caso concreto si es o no conveniente. Siempre que se pueda evitar es mejor, pero muchas veces no hay más opciones que realizarlas. |